El Tribunal Supremo refuerza el carácter esencial de los trámites de audiencia y alegaciones en los procedimientos de inspección, como garantía del derecho de defensa del contribuyente, y analiza las consecuencias de la falta de respeto de esta garantía por parte de la Inspección.
El artículo 34.1 de la Ley General Tributaria regula, entre otros, el derecho a formular alegaciones y a aportar documentos para que sean tenidos en cuenta por los órganos competentes al redactar su propuesta de resolución. Este derecho da cumplimiento al principio de contradicción, vertebrador de cualquier procedimiento y, en especial, del procedimiento de inspección.